La joven tiene una niña de un año y su padre permanece preso junto a su esposa después de la protesta del 10 de octubre.
MIAMI, Estados Unidos – Las autoridades cubanas impusieron prisión domiciliaria a Aitana Echevarría Rivero, de 18 años, tras su participación en una protesta contra el régimen en Sancti Spíritus, denunciaron la propia joven y su familia.
Aitana fue interrogada el jueves 22 de octubre en la Unidad Provincial de Investigaciones Criminales y Operaciones, conocida como el VIVAC. Su padre, el tatuador Óscar Echevarría Rubio, y la esposa de este, Cleidys García, permanecen encarcelados después de una manifestación realizada el 10 de octubre desde el techo de su vivienda, en el reparto Escribano.
La joven acudió voluntariamente a la citación y fue interrogada por agentes vestidos de civil, según declaró a Martí Noticias. Durante la comparecencia le comunicaron que pretendían implicarla en presuntos delitos de desacato, incitación a delinquir y desorden público.
“Mi postura fue firme ante mis manifestaciones públicas en contra del régimen”, afirmó Aitana. Según su testimonio, la restricción de movimiento se mantendría hasta el cierre del caso.
La acusación estaría relacionada con la voz de Aitana que se escucha en un video de la protesta del tatuador, explicó a ese medio su tía Lidia Echevarría, residente en Estados Unidos. La familiar sostuvo que la joven coreó consignas contra el sistema político y rechazó que hubiera cometido un delito.
Aitana tiene una hija de un año, precisó su tía en Facebook. En los comentarios de esa publicación, Gladys V. Fernández señaló que la joven es madre soltera y que la madre de Aitana está fuera de Cuba.
El 10 de octubre, Óscar Echevarría subió a la azotea de su casa y gritó consignas contra la dictadura y el comunismo. Un operativo de la Seguridad del Estado entró en la vivienda y detuvo al tatuador y a Cleidys García.
El traslado de ambos a la prisión de Nieves Morejón fue informado por Martí Noticias el 19 de octubre, a partir de testimonios familiares. María Echevarría, hermana del detenido, aseguró que él no opuso resistencia ni ofendió a los agentes. Según su versión, mostró la frase “Patria y Vida” escrita en el abdomen. La Fiscalía y la Instrucción Penal le atribuyen al tatuador un presunto delito de desacato, según la información recibida por la familia.
El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa (ICLEP) reclamó la liberación de la pareja y que las autoridades informaran públicamente los cargos contra ambos. La organización consideró que el empleo del desacato contra una protesta pacífica constituía un uso abusivo del poder estatal.
La reclusión domiciliaria figura entre las medidas cautelares previstas en la Ley 143 del Proceso Penal. Su artículo 366 establece que la persona debe permanecer en su vivienda y necesita permiso de la autoridad competente para salir, salvo para trabajar o estudiar en el horario habitual, atender su salud o continuar su formación. Su cumplimiento queda bajo control de la Policía Nacional Revolucionaria.
Una medida cautelar puede imponerse durante la investigación y no equivale a una sentencia condenatoria. La misma ley reconoce la presunción de inocencia hasta que exista una condena firme y el derecho a designar defensor desde que la persona es instruida de cargos.
El delito de desacato, regulado en el artículo 185 del Código Penal, contempla penas de seis meses a un año de prisión, multa o ambas para amenazas, insultos y otras ofensas contra funcionarios por el ejercicio de sus funciones. La pena aumenta a entre uno y tres años de cárcel cuando se dirige contra determinadas autoridades, incluidos el presidente de la República y los diputados.
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