El congresista cuestionó las detenciones y propuso un programa temporal para migrantes de tres países.
MIAMI, Estados Unidos ― El congresista cubanoamericano Mario Díaz-Balart admitió que sus gestiones ante la Administración de Donald Trump aún no consiguen cambios para los cubanos con I-220A. “No lo hemos logrado hasta ahora”, reconoció en una entrevista con Martí Noticias publicada este 16 de octubre.
El representante republicano por Florida también dijo que trabaja con María Elvira Salazar y Carlos Giménez y calificó de “inaceptable” detener a personas que siguen procedimientos migratorios legales.
Asimismo, planteó un programa temporal para cubanos, venezolanos y nicaragüenses, con revisión de antecedentes y atención a posibles casos de asilo.
El legislador defendió el control fronterizo. Preguntado por el uso de sus votos para presionar al Gobierno, no identificó una votación concreta.
El 16 de junio pasado, Salazar pidió al secretario de Seguridad Nacional, Markwayne Mullin, que evaluara conceder un permiso migratorio conocido como parole in place a cubanos liberados con I-220A que carecieran de antecedentes penales. El objetivo era facilitar su acceso a la Ley de Ajuste Cubano.
En esa carta, la congresista afirmó que había planteado el problema a la anterior secretaria, Kristi Noem, sin recibir respuesta ni medidas correctivas. También denunció que personas llegadas en circunstancias similares habían recibido documentos distintos, incluso dentro de una misma familia.
Según Salazar, esa diferencia había dejado a unos con una vía hacia la residencia y a otros en incertidumbre migratoria.
El I-220A es una orden de libertad bajo palabra: permite que una persona salga de la custodia migratoria bajo condiciones. Su diferencia con el parole humanitario está en el centro de la controversia sobre el acceso a la residencia. La Junta de Apelaciones de Inmigración, conocida como BIA, estableció el 11 de septiembre de 2023, en el caso Cabrera-Fernandez, que ambas modalidades de liberación son jurídicamente distintas.
En aquella decisión, la BIA revocó la residencia que un juez había concedido a los demandados mediante la Ley de Ajuste Cubano. Consideró que su liberación bajo palabra no satisfacía el requisito de haber sido inspeccionados y admitidos o de haber recibido el parole exigido por esa ley. Devolvió el expediente al tribunal migratorio para que pudieran solicitar otras formas de protección a las que fueran elegibles.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) explica que la Ley de Ajuste Cubano exige, entre otros requisitos, ser natural o ciudadano de Cuba, haber sido inspeccionado y admitido o haber recibido parole, y acumular al menos un año de presencia física en EE.UU. También deben cumplirse las condiciones de admisibilidad y obtenerse una decisión discrecional favorable.
La agencia precisa que el año de presencia física no tiene que comenzar después de la concesión del parole. Si la persona ya lo ha cumplido cuando recibe el permiso, puede solicitar el ajuste inmediatamente después.
La discusión también ha llegado a los tribunales federales. El 23 de febrero de 2026, el Tribunal de Apelaciones del Undécimo Circuito anuló decisiones de la BIA en los casos de dos familias cubanas y ordenó revisarlos nuevamente. Entre sus razones señaló que el Gobierno había cambiado su posición sobre la norma que sustentó sus detenciones y que existían nuevas decisiones administrativas relevantes. El fallo no concedió residencia ni declaró que todos los documentos I-220A equivalieran a parole.
En otro litigio, Bello-Rubio, el Gobierno federal pidió el 9 de octubre desestimar la demanda enmendada ante la jueza Jacqueline Becerra, en Miami. El registro judicial, consultado con actuaciones hasta el 16 de octubre, identifica una solicitud basada en falta de jurisdicción e insuficiencia de la reclamación. Se trata de una petición del Ejecutivo al tribunal, no de una sentencia que resuelva la situación migratoria de los demandantes.
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